Cero Grados

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07/07/2026

XXV LEGISLATURA AMPLÍA LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ANTE EL CIBERACOSO ESCOLAR

• Con la iniciativa aprobada por unanimidad se garantiza la defensa de la niñez y adolescencia frente a nuevas formas de hostigamiento digital

• Autoridades educativas contarán con herramientas normativas más claras

Cero Grados. – Con 18 votos a favor y 0 en contra, la XXV Legislatura aprobó la reforma al artículo 14 de la Ley para Prevenir y Erradicar el Acoso Escolar, con el propósito de actualizar la definición de acoso escolar cibernético y reconocer las distintas formas en que se manifiesta en el entorno digital.
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La iniciativa presentada por la diputada Daylin García Ruvalcaba responde a la necesidad de dotar de herramientas normativas claras a las autoridades educativas, al tiempo que protege los derechos fundamentales de la niñez y adolescencia.

El resolutivo establece que se entiende por acoso escolar cibernético aquel acto que se produce de manera aislada o de forma repetida y constante, mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación —como redes sociales, plataformas digitales o mensajería instantánea—, con el propósito de hostigar, intimidar, ridiculizar, amenazar, difamar o vulnerar la dignidad de una persona estudiante.

Al argumentar su pretensión, Daylín García subrayó que las tecnologías de la información y comunicación han transformado la vida de niñas, niños y adolescentes, ofreciendo oportunidades educativas y sociales, pero también generando nuevas formas de violencia que trascienden el espacio escolar y afectan gravemente su salud mental y social.

Asimismo, destacó que las redes sociales y plataformas digitales son escenarios frecuentes de agresión estudiantil, mediante prácticas como la difusión de imágenes sin autorización, la creación de perfiles falsos, el hostigamiento o la exclusión virtual, lo que vulnera derechos humanos y obstaculiza el desarrollo educativo y emocional.

La reforma respalda por el Pleno busca que la ley deje de ser general y poco clara, y se convierta en un instrumento eficaz para prevenir, sancionar y erradicar el ciberacoso escolar, garantizando entornos educativos seguros y libres de violencia.

07/07/2026

APRUEBAN ESTABLECER LA CULTURA DE PAZ COMO PARTE DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN

• La reforma a la Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes fue impulsada por la Diputada Montse Murillo

• Dentro y fuera del entorno escolar se registra índice de incidencias de lesiones entre infancias y adolescencias, que van desde insultos, acoso, burlas y golpes

Cero Grados.-La Iniciativa de reforma al artículo 55 de la Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Baja California de la Diputada Dunnia Monserrat Murillo López fue aprobada por el Pleno y se refiere a establecer la cultura de paz como parte del derecho a la educación.
Por dieciséis votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, se aprobó el Dictamen No. 16 de la Comisión de Bienestar, Derechos de la Niñez, Juventudes, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores que contiene dicha reforma.
Consideró la Legisladora de Morena en su exposición de motivos que, en el ámbito estatal las instituciones de salud se han enfocado al estudio del bullying, dando a conocer los impactos en la salud de la población estudiantil que pueden presentar, como lo ha dado a conocer el Instituto de Salud del Estado de México.
La o el estudiante puede sufrir con este fenómeno: impacto en su salud física, consecuencias psicológicas; impacto en sus relaciones familiares y sociales; consecuencias en la vida escolar y, conductas extremas y culpabilización.
Entre las principales razones que detalló la autora en la exposición de motivos, que desde su óptica justifican el cambio legislativo, son: que en la reforma al artículo 3 de la Constitución Mexicana, se añadió el concepto de cultura de paz, mediante la cual la educación con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.
Mencionó también que, se registra la existencia de diversas modalidades de la violencia dentro y fuera del entorno escolar; y un alto índice de incidencias de lesiones entre niñas, niños y adolescentes, que van desde insultos, acoso, burlas y golpes.
Por tales motivos, fue aprobada esta reforma, para quedar como sigue: Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad e inclusiva, en un entorno seguro y libre de toda forma de violencia, que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.
Esto, para que garantice el respeto a su dignidad humana; el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad, y fortalezca el respeto a los derechos humanos, a las libertades fundamentales y la cultura de la paz, en los términos del artículo 3º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables.

07/07/2026

PIDE DIPUTADA ARACELI GERALDO APLICACIÓN DE REFORMA QUE ELIMINA APOSTILLAS EN REGISTROS DE NACIMIENTO

• El objetivo es evitar cobros y trámites innecesarios a personas mexicanas nacidas en el extranjero y familias binacionales en Baja California

Cero Grados.-Con el propósito de garantizar el derecho a la identidad y evitar cargas administrativas indebidas para las familias de Baja California, la diputada Araceli Geraldo Núñez presentó un exhorto dirigido a la Dirección del Registro Civil del Estado para que asegure la correcta aplicación de la reforma que elimina el requisito de apostillar actas de nacimiento de personas mexicanas nacidas en el extranjero.

La legisladora señaló que, pese a que la disposición ya se encuentra vigente, particularmente en Playas de Rosarito, continúan registrándose casos en los que se exige indebidamente el apostillamiento de documentos, lo que genera gastos adicionales, retrasos y afectaciones a las familias que buscan realizar estos trámites.

“El problema no radica en la falta de legislación, sino en la necesidad de fortalecer la difusión, capacitación y homologación de criterios administrativos entre las oficialías del Registro Civil, a fin de garantizar una aplicación uniforme de la norma en beneficio de la ciudadanía”, indicó.

Este llamado a las autoridades resulta especialmente relevante en Baja California debido a la condición de entidad fronteriza, donde existe una importante población binacional y un constante flujo de personas mexicanas nacidas en el extranjero que requieren acceder a documentos oficiales para ejercer plenamente sus derechos.

“La Dirección del Registro Civil del Estado, como autoridad rectora del sistema registral estatal, cuenta con las atribuciones necesarias para emitir criterios administrativos, circulares informativas, lineamientos de observancia interna y acciones de capacitación dirigidas a las Oficialías del Registro Civil, a efecto de garantizar una aplicación uniforme de la legislación vigente en beneficio de la ciudadanía”, refirió.

En ese sentido, el punto de acuerdo insta a la titular de la Dirección del Registro Civil del Estado, Elizabeth Márquez Saavedra, a emitir los criterios y directrices administrativas necesarias para asegurar el cumplimiento del Decreto 161 y del artículo 1144 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, para garantizar el pleno ejercicio del derecho a la identidad de las y los bajacalifornianos.

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