Ansorar
⚖📊 Estudio Jurídico & Contable en Perú
"Ayudamos a empresas y emprendedores a evitar multas, ordenar su contabilidad y proteger legalmente su negocio"
25/03/2026
📚 ¿Tu empresa tiene todos sus libros en regla? 🤔
Muchos creen que solo basta con los libros contables principales… pero no es así. Existen libros complementarios que son clave para el orden y respaldo legal de tu empresa.
👉 Entre los más importantes están:
✔️ Libro de Actas de Junta de Accionistas
✔️ Libro de Directorio
✔️ Libro de Matrícula de Acciones
✔️ Libro de Actas de la EIRL
⚠️ No tenerlos al día puede generarte problemas en una fiscalización o auditoría.
💡 Tener estos libros correctamente llevados no solo es una obligación, también es una forma de proteger tu empresa y tomar mejores decisiones.
📈 En ANSORAR te ayudamos a mantener todo en orden y sin contingencias.
04/03/2026
🚨 Atención contribuyentes: importante criterio del Tribunal Fiscal
La RTF 01379-1-2025 establece que no podrás usar el crédito fiscal del IGV si generas tu Registro de Compras Electrónico después de que la SUNAT te notifique un requerimiento.
El Tribunal Fiscal señala que el contribuyente debe acreditar que los comprobantes fueron anotados en el Registro de Compras antes de que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) solicite su exhibición.
📌 En otras palabras:
No puedes regularizar el registro recién cuando ya estás en fiscalización para sustentar tu crédito fiscal.
🔎 Esto demuestra que:
✔️ La anotación oportuna es clave.
✔️ Los libros electrónicos deben llevarse al día.
✔️ La formalidad tributaria sí genera efectos sustanciales.
Una adecuada gestión contable y tributaria evita contingencias futuras.
Si deseas fortalecer tus controles internos, es momento de revisar tus procesos. 💼📊
24/02/2026
⚠️ ATENCIÓN EMPRESARIOS Y SOCIOS ⚠️
¿Tu empresa transfiere dinero a socios o accionistas como “préstamos”?
📌 Ojo con este importante criterio del Tribunal Fiscal.
La RTF N.° 04122-10-2025 establece que cuando estas transferencias no cuentan con sustento real (contrato, intereses, cronograma de pagos, capacidad de devolución), la SUNAT puede recaracterizarlas como dividendos.
❗ ¿Qué implica esto?
👉 Pago del impuesto a los dividendos
👉 Intereses y posibles contingencias tributarias
👉 Reparos en una fiscalización
💡 Recomendación clave:
Las operaciones entre la empresa y sus socios deben estar correctamente documentadas y justificadas. No basta con llamarlas “préstamos”.
📊 En materia tributaria, el fondo económico siempre prevalece sobre la forma.
📩 Si tienes dudas sobre préstamos, dividendos o planeamiento tributario, es mejor revisarlo a tiempo.
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