DILE ADIOS A SUNAT
Primero Dios. Dile adios a SUNAT. Apasionado por la contabilidad. Lima - Perú. https://www.facebook.com/pages/Solo-Elegantes/407287279345914?ref=hl
03/02/2022
JUEVES 03/02/2022
El Congreso aprobó el proyecto de ley del Ejecutivo que permitirá reducir las tarifas eléctricas para las familias de menores recursos económicos del país. A través de esta ley se permitirá la incorporación de mayores beneficiarios, con la finalidad de lograr un descuento de hasta el 16% en los recibos de electricidad de las familias con menores recursos económicos del país.
Esta iniciativa plantea que de ahora en adelante se brinden subsidios, a través del FOSE, a los usuarios que consuman hasta 140 KWh/mes (actualmente es solo hasta 100 Kw.h/mes), y, asimismo, propone que los usuarios libres (industrias) participen del financiamiento del mencionado fondo, lo cual no supondrá ningún costo al tesoro público y beneficiará a más de 21 millones de peruanos.
02/02/2022
Miércoles 02/02/2022
Cambios en las organizaciones que ya experimentamos actualmente.
02/02/2022
Miércoles 02/02/2022
Importante. Estando en inicios del año tributario peruano
Fuente:grupo verona
01/02/2022
Martes 01/02/2022
Hoy cada vez más personas optan por pagar con tarjetas para reducir el contacto, por seguridad o rapidez. Sin embargo, todavía se registran comercios que, para este tipo de cobro, cargan al cliente final un pago adicional. De acuerdo a la normativa, estos son cobrosincorrectos e injustificables. Estos cobros adicionales que realizan los proveedores por el uso de tarjetasbancarias como medio de pago, está regulado por el Código deProtección y Defensa del Consumidor, en el numeral 7.1 del artículo 7: “Medio de pago 7.1.
En caso de que el proveedor diferencie el precio delproducto o servicio en función del medio de pago, como tarjetas decrédito u otros, dicha información deber ser puesta en conocimiento delconsumidor, de manera destacada, en forma visible y accesible en ellocal o establecimiento comercial, a través de carteles, avisos u otrossimilares”, se detalla. Según si se vulnera elderecho a la información de los consumidores, este hecho puede sersancionado con una amonestación o una multa de hasta 450 UIT (S/2,070,000), tomando en cuenta los factores establecidos en el D.S. 032-2021-PCM.
01/02/2022
Martes 01/02/2022
Las empresas empezaron a prorrogar los pagos de sus obligaciones a proveedores al afectarse su capacidad de producción y de generación de ingresos por contagios de su personal. Así, están reprogramando los pagos de facturas que anteriormente emitieron sus proveedores al no poder saldarlas en la fecha fijada, indicaron las empresas de factoring. Pagan al contado el 20% o 30% del importe de la factura y el saldo se reprograma para cancelarlo en 30 días, o en dos partes en 60 días.
Por tal razón, las empresas de factoring observan un incremento en el ingreso de facturas con antigüedad mayor a 30 días, emitidas en diciembre y noviembre, que han sido renegociadas entre proveedor y adquirente y ahora tienen un plazo adicional de pago. Algunas empresas que laboraban presencialmente volvieron al trabajo remoto, lo que paralizó parcialmente sus proyectos, afectó su producción y redujo sus ingresos, afirmaron.