Estudio Contable Rodriguez
Estudio Contable
21/04/2020
🧐 El Crédito a Tasa Cero para Monotributistas y Autónomos consistirá en una financiación a ser acreditada en la tarjeta de crédito del beneficiario en los términos que, para la implementación de la medida, establezca el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
👉 El monto de la financiación no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Monotributo, con un límite máximo de $ 150.000.
👉 El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas.
👉 A cada una de tales cuotas se adicionará el monto equivalente al pago de las sumas totales que deben abonar en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales a cargo de los monotributistas o de aportes previsionales obligatorios del régimen de trabajadores autónomos. El monto referido será retenido y depositado periódicamente en la AFIP.
👉Se deberá solicitar en el mismo banco donde se opera habitualmente.
👉 Decreto 376/2020
05/04/2020
La ANSES comunica que los solicitantes del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) podrán conocer, a partir de las 00 horas del lunes 6 de abril, si reúnen los requisitos para poder acceder a esta prestación extraordinaria de 10.000 pesos que se cobrará en el curso de este mes.
Quienes hayan cumplido con los requisitos exigidos podrán continuar con el trámite, siguiendo los pasos que oportunamente le comunique ANSES.
Los solicitantes del IFE deberán ingresar a consultar su situación en la página Web de la ANSES (www.anses.gob.ar) de acuerdo con el siguiente cronograma:
DNI terminados en 0 y 1: lunes 6 de abril
DNI terminados en 2 y 3: martes 7 de abril
DNI terminados en 4 y 5: miércoles 8 de abril
DNI terminados en 6 y 7: jueves 9 de abril
DNI terminados en 8 y 9: viernes 10 de abril
24/03/2020
⚠️ INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA ⚠️
👉 En el marco de la emergencia sanitaria se estableció mediante decreto 310/2020 un Ingreso Familiar de Emergencia
👉 Será de PESOS DIEZ MIL ($10.000), lo percibirá UN (1) integrante del grupo familiar y se abonará por única vez en el mes de abril del corriente año.
👉 Deberá ser solicitado ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) conforme el procedimiento que determine la reglamentación. Los datos consignados en la solicitud tendrán carácter de Declaración Jurada por parte del solicitante.
👉 Será otorgado a las personas que se encuentren desocupadas; se desempeñen en la economía informal; sean monotributistas inscriptos en las categorías “A” y “B”; monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Ser argentino o argentina nativo/a o naturalizado/a y residente con una residencia legal en el país no inferior a DOS (2) años.
b. Tener entre 18 y 65 años de edad.
c. No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:
i. Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.
ii. Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.
iii. Prestación por desempleo.
iv. Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
v. Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo o Embarazo o PROGRESAR.
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Posadas
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