Estudio Contable Integral

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Asesoramiento Contable- Impositivo
Profesionales
Esteban Caraballo - CPN
Sergio Diluciano - CPN
Rubén Gómez. - CPN

12/11/2020

📌Principales características de la Moratoria 2020.

🔹Permite regularizar deudas vencidas hasta el 31 de julio de 2020.

🔹Adhesión habilitada hasta el 30 de noviembre de 2020.

🔹 Primera cuota vence el 16 enero de 2021.

🔹Dependiendo de sus características, las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas cuando se trate de obligaciones tributarias y aduaneras.

🔹Contempla la condonación parcial de intereses y total de multas.

🔹Tasa de interés fija del 2% mensual hasta abril de 2021.

🔹Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

12/11/2020

🔎¿Qué es la moratoria 2020?

La Moratoria 2020 forma parte de los distintos instrumentos diseñados por el Gobierno para ofrecer alivio a las familias, comercios, profesionales, pymes, grandes empresas, monotributistas y entidades sin fines de lucro.
La irrupción de la pandemia del Covid-19 junto con las distintas medidas tomadas para cuidar a todos los argentinos se sumaron a las dificultades económicas que arrastraba la economía y alteraron la situación de todo el entramado productivo. En ese escenario, el Congreso de la Nación aprobó una ley que amplía el alcance de la moratoria establecida a fines de 2019 por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva para incluir aquellos contribuyentes -personas humanas y personas jurídicas- que originalmente no habían sido contemplados.
La ampliación de la moratoria extiende el universo de contribuyentes beneficiados, pero también contempla la posibilidad de regularizar deudas con la AFIP generadas durante la pandemia del Covid-19.

👉Para eso, permite la inclusión de obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras vencidas hasta el 31 de julio.

11/11/2020

Con la pandemia de complican las cosas y mantener un negocio o pymes puede ser difícil.

Quizás transcurren meses sin que hayas hecho ninguna venta o facturación

Puede suceder que necesites suspender por un tiempo tus actividades.

O que obtengas un nuevo trabajo en relación de dependencia.

👉Todas estas razones son válidas por las cuales podrías querer dar de baja el Monotributo.

Podemos ayudarte ¡Comunícate!🤳

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