CONTALIA, SL
Asesoría fiscal, laboral, contable, jurídica y mercantil.
08/04/2026
Una comparecencia ante la Inspección de Trabajo puede parecer un trámite sencillo, pero una mala gestión puede agravar considerablemente la situación de la empresa.
Cuando se recibe una citación, muchas empresas acuden sin asesoramiento para evitar costes. Sin embargo, estas actuaciones suelen iniciarse a partir de indicios previos como denuncias, cruces de datos o actuaciones policiales que no siempre acreditan todos los hechos. En estos casos, las propias declaraciones del empresario pueden convertirse en la principal prueba utilizada por la Inspección.
En la práctica, es habitual que durante la comparecencia se reconozcan situaciones que la Inspección no tenía acreditadas: jornadas superiores a las registradas, colaboraciones puntuales de trabajadores sin alta, irregularidades prolongadas en el tiempo o prácticas no investigadas inicialmente. Estas manifestaciones pueden ampliar los periodos de regularización y aumentar las sanciones.
Aunque la empresa tiene la obligación de colaborar, no está obligada a aportar más información de la necesaria ni a realizar declaraciones que vayan más allá de los hechos acreditados. Por ello, resulta recomendable revisar previamente la documentación, limitar la información a lo solicitado y acudir acompañado de un asesor que pueda responder adecuadamente a las cuestiones planteadas.
Más información en nuestra noticia:
https://contalia.es/noticias/?buco=change-language/es-es/1/31322
¿Estás dotando correctamente la reserva legal en tu empresa… o estás pagando más impuestos de los necesarios?
Muchas empresas, cuando tienen beneficios, optan por acelerar la dotación de la reserva legal para alcanzar cuanto antes el 20% del capital social. Sin embargo, esta decisión puede tener un impacto fiscal negativo si no se planifica correctamente.
La forma en que distribuyes los beneficios influye directamente en la reducción por reserva de capitalización del Impuesto sobre Sociedades. Si destinas más del 10% a la reserva legal, podrías estar reduciendo el ahorro fiscal que podrías aplicar en el ejercicio siguiente.
Una planificación adecuada puede marcar la diferencia entre pagar más… o optimizar tu tributación de forma totalmente legal.
En el vídeo te lo explicamos de forma clara y directa.
Puedes ampliar la información aquí:
https://contalia.es/noticias/?buco=change-language/es-es/1/20699
14/07/2025
📌 El artículo 18.6 no es una barra libre para recaudar
Esta semana he firmado, por primera vez en 25 años, un acta de disconformidad sin que se me permitiera defender técnicamente la postura del contribuyente. En solo dos comparecencias de veinte minutos, un actuario cerró una inspección con una propuesta de regularización basada en el artículo 18.6 de la LIS. ¿Su argumento? "Porque sí".
Este artículo está pensado para regular operaciones entre socios profesionales y sus sociedades profesionales. Pero se está usando de forma extensiva y arbitraria para aplicar ajustes incluso en sociedades con actividades claramente mercantiles y técnicas. Montar un ascensor no convierte a nadie en abogado ni médico.
No se encontraron ingresos ocultos, ni estructuras artificiales, ni irregularidades contables. Solo una interpretación forzada que ignora la normativa, la doctrina y el sentido común. Y mientras tanto, los despachos dedicamos decenas de horas a defender casos así, además de sobrevivir al día a día habitual.
Esto no es control tributario. Es presión recaudatoria mal disfrazada de legalidad.
Giuseppe Severino
Haga clic aquí para reclamar su Entrada Patrocinada.
Categoría
Contacto la empresa
Teléfono
Página web
Dirección
Avenida Principal, Parcela 30/1, Edificio Argos, 2ºG – Parque Empresarial Oeste (San Ginés, Murcia)
Murcia
30169
Horario de Apertura
| Lunes | 09:00 - 15:00 |
| Martes | 09:00 - 15:00 |
| Miércoles | 09:00 - 15:00 |
| Jueves | 09:00 - 15:00 |
| Viernes | 09:00 - 15:00 |