Navia Gestion de Riesgos

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SOCIEDAD DE AGENCIA DE SEGUROS VINCULADA Navia Gestión, S.L.

30/04/2021

Si estamos pensando en cambiar de compañía de seguros, hay que tener en cuenta que según la Ley del contrato de seguro, las bajas a vencimiento se han de comunicar a la compañía actual de tu seguro para barco al menos con 2 meses de antelación a su vencimiento.

Si no se hace de esta manera, la compañía aseguradora náutica anulará el contrato por impago, y en algunos casos incluso le reclamará el pago del recibo de su seguro de embarcación.

Siempre que hablemos de un seguro de barco en España, tenemos que hablar del Real Decreto 607/1999 de 16 de Abril, seguro obligatorio de Responsabilidad Civil para embarcaciones de recreo.

Este seguro es un seguro de mínimos, que nos garantiza una responsabilidad civil de 336.567€ con los siguientes sublímites: 120.202€ por víctima para daños personales, con un tope de 240.404€ (es decir, para 2 víctimas) y 96.163€ para daños materiales. Es decir, con esta cobertura aseguramos los daños que podamos producir con nuestra embarcación a un tercero.

Con la entrada en vigor de la Ley 14/2014 de navegación marítima, existe la obligación de incluir en nuestro seguro de barco una garantía específica que cubra la responsabilidad civil por contaminación accidental.

13/04/2021

El Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil para drones, ofrece una solución aseguradora a las exigencias del Real Decreto Ley 8/2014, ya que cubre la Responsabilidad Civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución del vuelo (cubre así, tanto los daños que pueda ocasionar la aeronave como el equipo que pueda llevar).
Queda cubierto el uso de drones con fines amateurs o comerciales con una masa máxima al despegue (MTOM) de hasta 25 kg.
Al contratar el seguro, el cliente recibe el certificado de aseguramiento, que indica que la compañía aseguradora está autorizada por la Dirección General de Seguros en el ramo de Responsabilidad Civil de Vehículos Aéreos y que se cumplen todos los requisitos establecidos en la ley 18/2014.
Este es un requisito indispensable de AESA para certificar la empresa operadora del Drone.
Las sanciones por no cumplir la normativa pueden llegar hasta los 4,5 millones de euros, en función de la gravedad de los hechos.

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