Despido Injustificado Quintana Roo
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24/04/2024
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia engrosó la Contradicción de Criterios 167/2022:
PRUEBA DE INSPECCIÓN EN EL JUICIO LABORAL. LA PRESUNCIÓN DE LA EXISTENCIA DE LA RELACIÓN DE TRABAJO, DERIVADA DE LA FALTA DE EXHIBICIÓN DE LOS DOCUMENTOS QUE EL PATRÓN TIENE OBLIGACIÓN DE CONSERVAR Y EXHIBIR EN JUICIO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 804 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, NO SE DESVIRTÚA CON EL INFORME RENDIDO POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN EL QUE CONSTE QUE EL TRABAJADOR ESTÁ DADO DE ALTA CON UN PATRÓN DIVERSO.
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes disintieron con relación a si tratándose de la presunción generada por una prueba de inspección ante la falta de exhibición de los documentos sobre los cuales la parte patronal tiene la obligación de conservar y exhibir en juicio, en términos de lo que dispone el artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo, el informe rendido por el Instituto Mexicano del Seguro Social resulta o no suficiente para desvirtuarla cuando en éste conste que el trabajador estaba dado de alta con un patrón diverso al demandado.
Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que el informe del Instituto Mexicano del Seguro Social ofrecido como prueba, en donde conste el alta con un patrón diverso al cual se le reclama la existencia de una relación de trabajo, por regla general no resulta suficiente para desvirtuar la presunción generada ante la falta de exhibición de los documentos sobre los cuales se ofreció la prueba de inspección en términos del artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo, toda vez que dicho informe sólo permite demostrar que el trabajador fue dado de alta con un empleador diverso, pero no que no existiera un vínculo laboral con el patrón demandado, salvo cuando del expediente laboral se advierta que no es verosímil considerar que el actor pueda sostener más de una relación de trabajo, adminiculado con el r
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