Estudio Puelles - Defensa Legal
Institución destinada al asesoramiento jurídico, en diferentes materias del Derecho.
28/02/2024
𝗜𝗡𝗦𝗧𝗜𝗧𝗨𝗧𝗢 𝗟𝗘𝗚𝗔𝗟 𝗘𝗗𝗨𝗖𝗔 TECH PRESENTA EL DIALOGO: EL PROCESO DE COLABORACION EFICAZ EN EL PERÚ: INNOVACIÓN Y REFORMA
𝗔 𝗖𝗔𝗥𝗚𝗢:
👨🏻🎓Ramiro Puelles Alvarez
𝗜𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝘂𝗻𝗶𝗿𝘀𝗲 𝗰𝗼𝗻 𝗚𝗼𝗼𝗴𝗹𝗲 𝗠𝗲𝗲𝘁
Enlace de videollamada: https://meet.google.com/dzt-ankq-icg
Jueves: 29 de febrero.
Hora: 06:00p.m.
𝗥𝗲𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮 𝘁𝘂 𝗽𝗿𝗲-𝗺𝗮𝘁𝗿𝗶𝗰𝘂𝗹𝗮:
https://portal.institutolegaleducatech.com/capacitaciones/el-proceso-de-colaboracion-eficaz-en-el-peru-innovacion-y-reforma
𝗦𝗼𝗿𝘁𝗲𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗶𝗯𝗿𝗼 - 𝗖𝐞𝐫𝐭𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝗼𝗽𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹
Grupo de Whatsapp: https://chat.whatsapp.com/HV936yRFe28JPaEvrkGMv9
Cel: 912086846
Correo Electrónico: [email protected]
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12/08/2023
UNO DE LOS SOCIOS DEL ESTUDIO PUELLES ESTARA PRESENTE
📢 a la comunidad a participar en el foro organizado por el 𝐂𝐨𝐧𝐠𝐫𝐞𝐬𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐆𝐮𝐢𝐝𝐨 𝐁𝐞𝐥𝐥𝐢𝐝𝐨, denominado“𝐈𝐧𝐧𝐨𝐯𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐲 𝐑𝐞𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐏𝐫𝐨𝐜𝐞𝐬𝐨 𝐝𝐞 𝐂𝐨𝐥𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐄𝐟𝐢𝐜𝐚𝐳: 𝐀𝐥𝐜𝐚𝐧𝐜𝐞𝐬 𝐲 𝐏𝐞𝐫𝐬𝐩𝐞𝐜𝐭𝐢𝐯𝐚𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐮 𝐅𝐨𝐫𝐭𝐚𝐥𝐞𝐜𝐢𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨", con el propósito de debatir las propuestas para la mejora de este instrumento legal como medida de lucha contra la corrupción y criminalidad en nuestro país.
📌inscripciones abiertas al siguiente link https://docs.google.com/forms/d/1u_bAh3yf8m6LiUbvyyv0Ol9i7iQQAitGbiyxujf7xps/edit
o puedes usar el Código QR.
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19/07/2023
| ¿CUÁNDO LOS JUICIOS DE REPROCHE PENAL DE CULPABILIDAD O INCULPABILIDAD SON COMPETENCIA DE LA JUDICATURA CONSTITUCIONAL? [EXP. N.º 01939-2022-HC/TC]
El Tribunal Constitucional ha sostenido que “[l]os juicios de reproche penal de culpabilidad o inculpabilidad, la adecuación de una conducta en un determinado tipo penal, verificar los elementos constitutivos del delito, así como la valoración de las pruebas penales y su suficiencia, la determinación del quantum de la pena llevada a cabo dentro del marco legal sea esta efectiva o suspendida, no están referidos en forma directa al contenido constitucionalmente protegido del derecho a la libertad personal y es materia de análisis de la judicatura ordinaria (a menos que se aprecie un proceder manifiestamente irrazonable o contrario a los derechos y principios constitucionales, lo cual sí sería de competencia de la judicatura constitucional)” (FJ 3).
📌 Fundamento destacado: https://tinyurl.com/2npdengo
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